Clasificación de los Proyectos(Elaboración de propuestas)

clasificaciónNo todos los proyectos o propuestas son creados iguales. Algunos están destinados a perturbar bastante el medio ambiente y el statu quo. Otros, menos. Y algunos tendrán impactos significativos, tanto positivos como negativos.
Las organizaciones, especialmente los bancos comerciales y multilaterales de desarrollo, adoptaron una especie de sistema para clasificar los proyectos en categorías abarcadoras.
Es importante que el promotor entienda estas categorías, tanto por el trabajo que suponen como por el grado de dificultad de obtener aprobaciones y financiación.

 

Categoría A → Proyectos de impacto significativo
Una propuesta se clasifica en la categoría A si es probable que tenga importantes impactos ambientales negativos que sean de índole delicada , variada o sin precedentes. Estas inversiones pueden llegar a afectar un área mayor a la del emplazamiento de la empresa propuesta por el promotor. La evaluación ambiental que debe hacerse para una inversión de categoría A analiza los impactos positivos y negativos posibles, los compara con los impactos de alternativas viables (que incluye el escenario “sin proyecto”) y recomienda las medidas que harían falta para prevenir, minimizar, mitigar o compensar los impactos negativos y para mejorar el desempeño ecológico. Hace falta realizar una evaluación ambiental completa, que normalmente se llama evaluación de impacto ambiental (EIA)

 

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Categoría B → Proyectos de impacto moderado
Los proyectos se clasifican en la categoría B si sus posibles repercusiones ambientales en poblaciones humanas o zonas de importancia ecológica —entre las que se incluyen humedales, bosques, pastizales y otros hábitat naturales— son menos adversos que aquellas de la categoría A. Estos impactos se circunscriben al emplazamiento del proyecto, prácticamente ninguno es irreversible y, en la mayoría de los casos, se pueden aplicar medidas de mitigación con mayor facilidad que en los casos de la categoría A.

El alcance de una evaluación de impacto ambiental para una inversión de la categoría B varía de proyecto a proyecto, pero es más restringida que la que se debe llevar a cabo para proyectos de categoría A. Al igual que en el caso de las evaluaciones ambientales de la categoría A, se analizan los impactos negativos y positivos potenciales, y se recomiendan medidas para prevenir, minimizar, mitigar o compensar los impactos adversos y para mejorar el desempeño ecológico.

Hay una gran variedad de manuales ambientales que han sido publicadas por autoridades locales o nacionales, y también por varias organizaciones, entre ellas el Grupo del Banco Mundial (por ejemplo, Pollution Prevention and Abatement Handbook [Manual de prevención y reducción de la contaminación], Occupational Health and Safety Guidelines [Directrices de salud y seguridad laboral]) para poder establecer claramente la categoría de un proyecto y gestionarlo adecuadamente.

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Categoría C → Proyectos de impacto mínimo o nulo
Una inversión se clasifica en la categoría C si es probable que tenga impactos ambientales adversos mínimos o nulos. Fuera del estudio ambiental preliminar, un proyecto de la categoría C no requiere ninguna medida ulterior en materia de evaluación ambiental.

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Exclusiones
Evidentemente, hay actividades que presentarían riesgos sociales y ambientales inaceptables, y que no se clasifican en ninguna de las tres categorías mencionadas anteriormente. Entre los proyectos a evitar, se pueden mencionar:
■ Producción o actividades que conlleven explotación de menores
■ Producción o comercio de productos o actividades consideradas ilegales en el país o según los acuerdos y convenciones internacionales
■ Producción o comercio de armas y municiones
■ Producción o comercio de bebidas alcohólicas (excepto vino y cerveza)
■ Producción o comercio de tabaco
■ Casinos o empresas similares
■ Comercio de vida silvestre o productos de especies silvestres regulados por la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES)
■ Producción o comercio de materiales radioactivos
■ Producción, comercio o uso de fibras de amosita (asbesto marrón) y crocidolita (asbesto azul).
■ Operaciones de tala comercial en selvas húmedas tropicales primarias
■ Producción o comercio de productos que contengan bifenilos policlorados (BCP)
■ Producción o comercio de productos farmacéuticos sujetos a la eliminación gradual de la producción o prohibidos
■ Producción o comercio de sustancias que reducen la capa de ozono sujetos a la eliminación gradual de la producción
■ Pesca de enmalle y de deriva en ambientes marinos con redes de más de 2 km de largo.

Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC)

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Jogly Sú

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